JORGE MACRI QUIERE EL PODER PARA PRIVATIZAR TODOS LOS ESPACIOS VERDES DE LA CIUDAD

Busca derogar la Ordenanza 46.229

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 El proyecto oficialista, denominado "Ley de Hojarasca" (Expediente N° 1619-D-2026), que se va a votar hoy 18 de junio de 2026 en la Legislatura porteña, persigue un proceso de depuración normativa argumentando que se están eliminando regulaciones, registros y exigencias que "han perdido utilidad práctica, actualidad o sentido" y que representan cargas burocráticas innecesarias para los vecinos que "trabajan, emprenden o comercian". 

En contraposición, el Despacho de Minoría advierte con rigurosidad sobre los graves riesgos de realizar derogaciones aisladas y en bloque. Señala que esta práctica carece de sustento técnico exhaustivo y puede generar "vacíos normativos, efectos no previstos o incertidumbre respecto del régimen jurídico aplicable". En este sentido, propone la creación de una Unidad Técnica de Consolidación Normativa para evaluar el marco legal de manera interdisciplinaria, transparente y prudente. 

LA ORDENANZA N° 46.229: LA DEFENSA DEL ESPACIO PÚBLICO 

La inclusión de la Ordenanza N° 46.229 (promulgada el 25/03/1993) en un listado de normas "obsoletas" o "burocráticas" constituye un gravísimo error conceptual y jurídico. Lejos de ser un trámite burocrático, esta ordenanza es una norma de fondo y el principal escudo jurídico para la defensa del dominio público y los espacios verdes en la Ciudad.

  • Blindaje contra la privatización: Su Artículo 1° prohíbe expresamente otorgar "concesión, cesión, transferencia de dominio, tenencia precaria, permiso de uso ni cambio de destino de todo espacio destinado a parque, plazas, plazoletas y de todo otro espacio verde de uso público".

  • Defensa del suelo absorbente y fomento cultural: Su Artículo 2° regula de forma inteligente las excepciones para actividades de innegable valor cultural e histórico (ferias artesanales, compraventa de libros, antigüedades, el Jardín Japonés, etc.). De manera fundamental, protege el medio ambiente al exigir taxativamente que estas actividades permitidas "se limitarán a senderos y partes pavimentadas excluyéndose todo espacio verde propiamente dicho"

A. Falsa categorización como "Hojarasca" y demostración de plena vigencia 

La protección de los parques frente a la comercialización indiscriminada no es una traba administrativa, sino una política de Estado orientada a garantizar el derecho a un ambiente sano. Es falso que la norma carezca de actualidad: las propias observaciones generales de la ordenanza demuestran que normativas posteriores y vigentes (Leyes N° 1.166, N° 4.950 y N° 5.418) remiten a su Artículo 1° y establecen excepciones específicas. Es una ley "madre", viva y activa en el ecosistema jurídico de la Ciudad. 

B. Riesgo inminente de comercialización del suelo verde público 

De concretarse la derogación masiva impulsada en el Artículo 3° del Despacho de Mayoría, la Ciudad se quedaría sin la prohibición expresa que frena la entrega de porciones de parques y plazas para la explotación privada. El Poder Ejecutivo contaría con vía libre para concesionar, parcelar y cambiar el destino del ya escaso suelo verde porteño.

La aprobación de este proyecto de ley se va a realizar sin audiencia pública, sin respetar el procedimiento de doble lectura y sin contar con las mayorías que exige la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires. 

Un nuevo fraude constitucional para que Jorge Macri tenga el poder absoluto de privatizar todos los parques de la Ciudad de Buenos Aires, con la única limitación de que no podrá ser por un plazo mayor a 5 años.

Contacto:

Abog. Jonatan Baldiviezo: Whatsapp 1532667008